lunes, 20 de abril de 2020

TEMA 3: SEGURIDAD SOCIAL


EL SALARIO
 




QUÉ ES EL SALARIO

- Es el dinero que recibe una persona periodicamente por trabajar.

TIPOS  

> Salario nomial:  Integra nominas o listados de trabajadores a los cuales se le asigna un cargo o una serie fija de responsabilidades 

> Salario por unidad de obra:  Esta forma se recibe cuando la obra u servicio se cumple.

> Salario por unidad de timpo:  Paga por hora de tiempo trabajada, agrupada en dias, semanas o meses.

> Salario mixto: Este salario se entrega entre la unidad de obra y de tiempo.

> Salario metálico: Se paga en dinero constante y sonante.

> Salario en especies: Se paga mediante bienes no metálicos: productos, fichas, bnos, alimentos, etc...

NOTICIAS


https://www.laprensalara.com.ve/nota/15474/20/04/nuevo-salario-no-alcanza-ni-para-un-kilo-de-carne


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https://www.lavozdegalicia.es/noticia/galicia/2020/04/27/subida-salario-minimo-950-dificulta-acceso-justicia-gratuita/0003_202004G27P27993.htm


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 VIDEOS

                   

Este video habla un poco sobre el salario.





 



MI OPINION  




 

Mi opinion sobre el salario esque hay empresas que no pagan lo suficiente, aun siendo trabajos que requieren esfuerzo.




LA SEGUIRDAD SOCIAL



(Para ver bin este esquema dale al boton derecho encia de la imagen y luego le das a añadir imagen en una pestaña nueva)




QUE ES LA SEGURIDAD SOCIAL 

- La aseguridad social es un sistema público con pluridad de régimenes y carácter universa que se extiende a toda la población y que garantiza la asistencia y las prestaciones suficientes en situaciones de necesidad.


DOS TIPOS DE RÉGIMENES

1) Régimen general: incluye a los trabaadores por cuenta ajena de las empresas, y a los funcionarios y personal laboral o civil de la administración pública.



2) Régimenes especiales: las actividades que por sus carcateristicas tinen su norma y acción propia.




Base de cotización de contingenias Comunes (BCCC)

- La suma de las percepciones mensuals del trabajador que coticen sin las horas extras + la prorrata de las pagas extraordinarias.


Base de cotización de contingencias profesionales (BCCP)

- Base de cotización de contingencias comunes + Horas extraordinarias





Base de cotización por horas extraordinarias 

- Importe total que se a percibido por este concepto.






SISTEMAS DE PROTECCIÓN







QUE ES UN SISTEMA DE PROTECCIÓN 

- Es una acción protectora que tiene la seguridad social para ayudar a los trabajadoes en distintas situaciones


VARIAS SITUACIONES

1º) Asistencia sanitaria: incluyen a los srvicios médicos y farmaceuticos necesarios para conservar o restabecer la salud de los trabajadores.





2º) Incapacidad temporal: el trabajador puede cobrar por subsidio diario durante la baja temporal por enfermedad o accidente.

*Hay dos tipos:   - Por contingencias comunes: (enfermedad común o accidente no laboral)
                             - Por contingencias profesionales: (accidente de trabajo o enfermedad profesinal)





3º) Incapacidad permanente: aquellas situaciones en a que el trabajador presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, tras haber sido sometido a un tratamiento o posterior alta médica. Normalemnete se consideran definitivas.




4º) Prestación por motivos familiares: bien por motivos de embarazo, lactancia, matermidad o paternidad. Tanto en la prestación de materidad como en la de paternidad se percibe el 100% de la base reguladora de contingencias comunes.




5º) Jubliación: Esta consiste en una pensión vitñalicia que se reconoce al beneficio al alcanzar la edad establecida. Los requisitos y la cuantía.

- Tener 15 años de cotizacion, los cuales 2 años deber haber tenido lugar en los 15 años anteriores al hecho causante.
- A partir del 2027 se pide haber acumulado al menos 38 años y 6 meses cotizados y tener 67 años de edad.
- Normalmente la edad para jubilarse se va aumentando.



6º) Prestaciones por muerte y supervivencia: 
     
     - Auxilio: una cantidad a anto alzado para ayuae en los gastos de sepelio.
     - Viudedad: es una prestación temporal para el conyugente o pareja de hecho supervivencia al fallecer el causente.
En muertes por enfermedad hay que tener cotizados 500 dias en los últimos 5 años.
Deben tener hijos comunes o haber celebrado el matrimonio un año antes del fallecimiento, salvo que lleven dos años viviendo juntos.
La cuantía es del 52% de la base reguladora.







DESEMPLEO




QUE ES EL DESEMPLEO

- Es la sitiación legal de desempleo que, pudiendo y queriendo trabajar, pierda su empelo o reduzac su jornada, al menos una tercera parte, pudiendo recibir el subsidio de desempleo. 







PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA POR DESEMPLEO

1º)  Base reguladora y cuantía
        - BCCP úlimos 180 días sin horas extraordinarias ENTRE 180  
        - No será inferior al 80% o al 107% del IPREM mas 1/6 , se tengan hijos o no, al menos 1 hijo a cargo.
        - No será superior al 175, 200 o 225% del IPREM más 1/6 sin hijos, con uno o dos respectivamente.

 2º) Duraciónde la prestación: 
        - Depende del tiempo cotizado en los últimos 6 años.
        - Los primeros 360 días  -->  se cobran 120 dias. 
           A partir de ahí, por cada 180 dias más cotizados  -->  se reciben 60 dias más.
       - Lomáximo es de 720 dias  -->  2 años.


SUBSIDIO POR DESEMPLEO

 - El subsidio por desempleo es una prestación para desempleados demandantes de trabajo que no rechacen una oferta laboral ni acciones formativas.
 - Y que no tengan rentas mensuales superiores al 75% del SMI.
 - La cuantía es del 80% del IPREM mensuales.
       Aunque incrementa a un:   107% -->dos familiares
                                                        133% -->  tres familiares. 




 AUTÓNOMOS



QUE SON LOS AUTONOMOS

- Es la persona física que realiza de forma habitual, personal y directa, una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo, y aunque eventualmente utilice el servicio remunerado de otras.

- La prestaciones para los autónomos serán la mismas que en el régimen general, salvo en los aspectos que diré a continuación: 

     * Incapacidad temporal: los requisitos para determinar la cuantía ddel subsidio y acceder a la prestación son los mismo que para los trabajadores por cuenta ajena, salvo para la enfermedad común, para lo que hay que estar al corriente de las cuotas.

 
    


* Incapacidad permanente: Esta se protege si se deriva de manera profesional, si no es así, no se deriva.


 
    * Desempleo: 

              - Cese de actividad empresarial:       
  
                      > Requisitos  similares, salvo el que establece el mínimo de cotización será de 12 meses seguidos y ateriores al cese, deberá estar al corriente del pago de las cuotas de la seguridad social y tendrá cubiertas las contingencias profesionales pertinentes.
                 
                      > El motivo justificado será: económico, técnico, productivo u organizado. Perdida de licencia, fuerza mayor, violecia de género y divorcio o separación.

             - Capitalización de la prestación:

                       > Los jóvenes menores de 30 años podrán destinar la capitalización de la prestación a: 
                             - Aporación al capital social de una entidad mercantil.
                             - Gastos de contitución y puesta de funcionamiento de una entidad.
                             - Pago de las tasas y el precio de servicios específicos de asesoramiento, formación e informción relacionados con la actividad que se va a emprender.


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